Resumen del Caso
La justicia laboral de Santiago acogió la demanda por despido injustificado interpuesta contra la empresa Ingeniería y Construcciones Pillán Ltda., luego de que esta despidiera a su jefa de Recursos Humanos invocando una supuesta falta de probidad. El tribunal determinó que las acusaciones de «auto-asignación de bonos» carecían de fundamento, ya que dichos beneficios eran percibidos por todo el personal de oficina. Como resultado, la empresa fue condenada a pagar más de $34.000.000 en indemnizaciones y recargos legales.
Introducción: El impacto de una acusación de falta de probidad
¿Qué puede hacer un trabajador cuando, tras casi una década de servicio, su empleador lo acusa falsamente de manipular el sistema de remuneraciones para obtener beneficios económicos? La causal de falta de probidad (Art. 160 N°1 letra a del Código del Trabajo) es una de las más agresivas: no solo priva al trabajador de sus indemnizaciones por años de servicio, sino que mancha su honra y reputación profesional de manera permanente.
En este caso reciente, defendimos la integridad de una profesional que fue blanco de imputaciones graves por parte de Ingeniería y Construcciones Pillán Ltda. Esta sentencia es un precedente fundamental para cualquier trabajador de confianza o cargos administrativos que enfrenten auditorías sorpresivas o acusaciones de «pagos no autorizados» que, en la práctica, siempre fueron conocidos y validados por la empresa.
⚠️ No basta con invocar la causal: el empleador debe probarla.
Antecedentes del despido y acusaciones al trabajador
La trabajadora ingresó a prestar servicios para Ingeniería y Construcciones Pillán Ltda. el 1 de Septiembre de 2015, desempeñándose como encargada (y luego jefa) de Recursos Humanos. Durante más de 8 años, fue una pieza clave en la administración de la compañía, manejando incluso los aspectos laborales de la empresa relacionada, Constructora Alvial S.A.
Sin embargo, el 3 de Noviembre de 2023, la relación terminó de forma abrupta mediante una carta de despido que le imputaba haber «manipulado» las liquidaciones de sueldo desde el año 2018. Según la empresa, la trabajadora se habría asignado solapadamente bonos de cumplimiento, viáticos, asignaciones de colación y movilización por un monto acumulado cercano a los $19.000.000, aprovechando la confianza depositada en su cargo.
📌 Advertencia legal: Si estas razones no existen o no se acreditan, el despido puede ser declarado injustificado.
Por qué INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PILLÁN LTDA invocó esta causal
Argumentos y fundamentos utilizados por la empresa
La defensa de la empresa se centró en que los trabajadores de la «oficina central» no tenían derecho a asignaciones de terreno (como viáticos o bonos de meta), ya que no salían a las obras. Alegaron que la actora:
Modificó el sistema Laudus: Sostuvieron que existían registros de cambios en las liquidaciones realizados en horarios inusuales.
Engañó a la jefatura: Afirmaron que el Gerente de Finanzas, don Jorge Rojas, solo descubrió el «fraude» tras una consulta por una transferencia faltante, lo que gatilló una auditoría interna.
Borró información: Acusaron la eliminación de archivos en la plataforma Dropbox el mismo día del despido.
Defensa jurídica del trabajador en el juicio laboral
Estrategia de defensa planteada
Nuestra defensa fue categórica: los pagos no eran fruto de una manipulación unilateral, sino de una estructura de remuneraciones validada por la propia empresa para compensar la alta carga laboral y el cumplimiento de metas.
Pruebas rendidas por el trabajador
Logramos demostrar que la supuesta «exclusividad» de los bonos para gente de terreno era falsa. Presentamos pruebas que confirmaron que:
Generalidad de los bonos: Otros trabajadores de oficina, incluida la contadora que declaró en contra de la actora, también percibían asignaciones de colación, movilización y bonos similares.
Autorización de jefatura: La actora recibía instrucciones directas de los socios para distribuir aumentos de sueldo a través de ítems no imponibles, una práctica común para reducir costos previsionales de la empresa.
Insuficiencia probatoria del empleador
El empleador no pudo explicar cómo, durante 5 años, nadie notó supuestos desvíos millonarios en una empresa con auditoría y contabilidad interna. La falta de control oportuno sobre las planillas bancarias y el sistema Laudus restó toda credibilidad a la tesis del «robo hormiga».
Fundamentos y razonamiento del tribunal laboral
Valoración de la prueba
La jueza Carolina Luengo Portilla, del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, aplicó un análisis riguroso de la prueba. Determinó que no existía claridad ni contundencia en las acusaciones de la empresa.
Razones para acoger la demanda
El fallo fue contundente al señalar que:
Inconsistencia en los testimonios: La contadora de la empresa alegó ignorar los haberes que ella misma percibía en sus liquidaciones, lo cual fue calificado por el tribunal como «poco razonable».
Práctica habitual: Si todos los empleados de oficina recibían los mismos conceptos (colación, movilización, bonos), no puede acusarse de falta de probidad a la jefa de RR.HH. por percibirlos también.
Uso del sistema: El hecho de que la actora modificara archivos el día de su despido no prueba una conducta delictiva previa, sino que es un hecho aislado insuficiente para configurar una causal de caducidad.
Indemnizaciones y prestaciones reconocidas al trabajador
El tribunal ordenó a Ingeniería y Construcciones Pillán Ltda. el pago de las siguientes sumas
| Concepto | Monto Ordenado |
| Años de Servicio (8 años) | $17.732.328 |
| Recargo Legal (80%) | $14.189.862 |
| Feriado Legal y Proporcional (33,5 días) | $2.140.779 |
| Total Estimado | $34.062.969 |
Nota: Este fallo no se encuentra ejecutoriado
Por qué esta sentencia contra INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES PILLÁN LTDA sirve como referencia
Este caso es emblemático porque demuestra que la «confianza» no es una excusa para que el empleador ignore su propio deber de control. Si una empresa permite y valida el pago de bonos durante años, no puede pretender usarlos como excusa para un despido «COSTO $0» cuando la relación se deteriora.
Señales de un despido injustificado por falta de probidad:
La empresa te acusa de errores administrativos que conocían hace años.
Te imputan «auto-aumentos» cuando en realidad eran acuerdos verbales con la jefatura.
Te despiden sin previo aviso basándose en una «auditoría» interna de la que no pudiste defenderte.
📌Por esta razón, revisamos sin costo tu despido y sin exigir anticipos.
Con solo analizar la carta y el contexto laboral, es posible determinar si corresponde demandar y obtener una indemnización mayor en tribunales.
Preguntas frecuentes sobre despidos por falta de probidad
¿Cuándo un despido por falta de probidad es injustificado?
Es injustificado cuando el empleador no puede probar de forma «clara, precisa y contundente» los hechos acusados. En este caso, la empresa falló al no demostrar que los bonos eran «ilegales» o «secretos».
¿Qué debe probar el empleador en estos juicios?
El empleador tiene la carga de la prueba. Debe demostrar que la conducta existió, que fue dolosa (con intención de engañar) y que afecta gravemente la honra de la empresa.
¿Qué indemnizaciones corresponden si gano el juicio?
Si el tribunal declara el despido injustificado bajo el Art. 160 N°1 (falta de probidad), tienes derecho a la indemnización por años de servicio con un recargo del 80%, además de la indemnización sustitutiva de aviso previo.
¿Cuánto plazo tengo para demandar?
El plazo general es de 60 días hábiles contados desde la fecha del despido. Este plazo puede suspenderse si interpones un reclamo ante la Inspección del Trabajo.