Despido Necesidades de la Empresa | Nexus SA Indemniza a Trabajador Despedido
Otro Juicio Exitoso se suma a ABOGADO LABORAL CHILE
DEMANDA LABORAL MALDONADO/CONSTRUCTORA CONCRETA S.A. – 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Trabajador es contratado bajo subordinación y dependencia por CONSTRUCTORA CONCRETA para prestar servicios como “Jefe de bodega” y es despedido por incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Articulo 160 n°7 CT.
TRABAJADOR SEÑALA QUE: En Mayo, me dieron dos semanas de vacaciones, al volver me destinan a una obra nueva desde las instalaciones ubicadas en Isla de Maipo donde estaba, hasta las nuevas obras llamada “Rucalhue” en la comuna de Puente Alto. En dicha obra el administrador era don Fabio Sánchez, quién pasaba a ser mi jefe directo ahora. Desde mi llegada no nos llevamos muy bien, me criticaba la forma de trabajar, me decía que no le gustaba como hacia mi trabajo, me retaba a diario por no llegar a la hora diciéndome que no entendía como de la oficina central me permitían llegar atrasados todos los días, fue tanto el hostigamiento que a las 3 semanas de mi llegada trajo a otro jefe de Bodega de nombre Julio Luengo y me dijo que yo quedaría como ayudante de este jefe de bodega, es decir, pase a estar bajo la dirección de un compañero de trabajo que detentaba el mismo cargo que yo, esta situación obviamente se la reclame a mi jefe directo, don Fabio Sánchez, quién me dijo que me tendría que aguantar hasta que saliera otra obra para cambiarme. Esta situación me tenía muy mal ya que sentía que don Fabio no me valoraba según mi cargo, esto produjo varias discusiones y roses con él ya que no me consideraba en las reuniones ni en las gestiones que me correspondían en razón de mi cargo, todo se hacía a través de Julio Luengo, yo seguí reclamándole hasta que me dijo que enviaría un correo a la oficina central para que me corrieran.
Así las cosas, el día 29 de Julio, al llegar a mi trabajo, don Fabio Sánchez me informa que estoy despedido a las 16:00 horas y que la carta de despido me la enviarían a mi domicilio.
Trabajador es acusado de atrasos permanentes en el ingreso a su jornada, sin embargo, estos atrasos se encontraban autorizados y no existió ningún tipo de comunicación previa que revocaría dicha autorización.
Dado a que existía una autorización para los atrasos, consideramos que el despido por incumplimiento grave 160 n°7 CT. Es completamente infundado, por ello, elaboramos una demanda objetando los fundamentos de la carta de despido y el resultado fue el siguiente.
EL JUICIO LABORAL
Presentada la demanda laboral por despido por incumplimiento grave 160 n°7 CT. Elaborada por nuestro ABOGADO LABORAL, el tribunal fija audiencia preparatoria, en dicha audiencia La parte demandada CONSTRUCTORA CONCRETA S.A, Rut 89.113.900-4 ofrece pagar a nuestro representado la suma única y total de $3.417.866.-


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