Despido por Necesidades de la Empresa en Chile (Art. 161): cuándo es ilegal y cómo Demandar

¿Qué es el despido por necesidades de la empresa?

El despido por necesidades de la empresa es una causal del artículo 161 del Código del Trabajo que permite al empleador poner término al contrato solo cuando acredita razones objetivas, reales y actuales, de carácter económico, técnico o estructural, que hacen inevitable la separación del trabajador.

No basta con invocar una reestructuración interna ni una decisión empresarial conveniente: la empresa debe probar en juicio que el despido era proporcional, necesario y razonable. En la práctica judicial chilena, la mayoría de estos despidos son declarados injustificados.

Tabla de contenidos

Qué exige realmente el artículo 161 del Código del Trabajo

El artículo 161 del Código del Trabajo no entrega una carta blanca al empleador. La Corte Suprema ha sostenido de manera reiterada que esta causal debe fundarse en hechos objetivos, externos al trabajador y debidamente acreditados, no en apreciaciones subjetivas ni decisiones de conveniencia.

Los tres requisitos que el empleador debe probar

  1. Objetividad: la causa no puede relacionarse con el desempeño personal del trabajador.

  2. Gravedad: no basta una disminución leve de ingresos; debe existir una afectación relevante al funcionamiento de la empresa.

  3. Permanencia: la situación invocada no puede ser transitoria ni coyuntural.

Si alguno de estos elementos no se acredita en juicio, el despido será declarado injustificado.

Necesidades reales, reorganización interna y conveniencia económica

La jurisprudencia laboral chilena distingue con claridad tres escenarios que muchas empresas intentan confundir:

Necesidades reales de la empresa

Corresponden a situaciones objetivas e inevitables, como:

  • Crisis económica grave del sector

  • Cambios tecnológicos que eliminan definitivamente un cargo

  • Pérdida estructural de contratos relevantes

Reorganización interna

La simple fusión de áreas, cambios de organigrama o ajustes administrativos no justifican por sí solos el despido si la empresa sigue operando con normalidad. El riesgo empresarial no puede trasladarse automáticamente al trabajador.

Conveniencia económica (despido ilegal)

Despedir para reducir costos, contratar a alguien más barato o aumentar utilidades no es una causal legal.
La ley permite despedir para evitar una pérdida grave, no para mejorar resultados.

Reemplazo del trabajador despedido

Si luego del despido la empresa:

  • Contrata a otra persona para el mismo cargo

  • Publica avisos buscando un perfil similar

  • Redistribuye las mismas funciones

El argumento de “necesidades de la empresa” queda seriamente cuestionado.

En la práctica forense, el reemplazo del trabajador es una de las pruebas más contundentes para obtener una sentencia favorable.

Carta de despido mal fundada (análisis técnico)

La carta de despido fija los límites del juicio. El empleador no puede probar hechos distintos a los que ahí consigna.

Señales claras de una carta defectuosa

  • Uso de frases genéricas o copiadas

  • Falta de explicación del nexo causal

  • No justificar por qué se despide a ese trabajador y no a otro

  • No acompañar antecedentes concretos

Una carta vaga o imprecisa suele ser suficiente para que el tribunal declare el despido injustificado.

¿Te despidieron por necesidades de la empresa?

Esta causal no siempre se aplica correctamente. Una revisión profesional puede ayudarte a saber si tu despido fue legal y si corresponde exigir un pago adicional en tribunales.

Revisamos tu caso sin costo y te explicamos tus opciones con claridad.

ARTÍCULO 161 VS. DESPIDO POR RENDIMIENTO

Diferencia entre necesidades de la empresa y desempeño laboral

El artículo 161 no puede basarse en el rendimiento del trabajador.
Si la carta menciona incumplimiento de metas, problemas de adaptación o evaluación negativa, el empleador está reconociendo que el despido no obedece a necesidades objetivas de la empresa.

Este error es frecuente y jurídicamente grave.

CASO ESPECIAL: DOCENTES Y COLEGIOS

Despido por necesidades de la empresa en colegios particulares y subvencionados

En el caso de docentes, además del Código del Trabajo, se aplica el Estatuto Docente, lo que introduce reglas especiales:

  • Aviso previo reforzado (60 días) antes del inicio del año escolar

  • Posibles indemnizaciones adicionales

  • Control más estricto del fundamento del despido

Muchos colegios invocan erróneamente el artículo 161 sin cumplir estas exigencias.

PLAZO PARA DEMANDAR (CADUCIDAD)

Plazo para demandar despido por necesidades de la empresa

El trabajador dispone de 60 días hábiles desde el despido para demandar.
Este plazo puede suspenderse con un reclamo ante la Inspección del Trabajo, pero nunca exceder los 90 días hábiles.

Esperar demasiado puede significar perder el derecho a reclamar.

¿Qué obtiene el trabajador si el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado?

Si el tribunal declara injustificado el despido por necesidades de la empresa, el empleador puede ser condenado a pagar al trabajador un recargo legal del 30 % sobre la indemnización por años de servicio, la devolución del descuento efectuado por el empleador al Seguro de Cesantía (AFC) y el pago de las diferencias, reajustes e intereses correspondientes.
Firmar el finiquito no impide demandar, siempre que se haga con reserva expresa de derechos.

Qué hacer ahora si te despidieron

  1. No firmes el finiquito sin asesoría

  2. Si firmas, escribe reserva expresa de derechos

  3. Reúne la carta de despido, contrato y liquidaciones

  4. Consulta con un abogado laboral antes de que venza el plazo

Nuestro estudio se dedica exclusivamente a la defensa de trabajadores despedidos injustamente. Analizamos tu caso con rigor jurídico y experiencia real en juicios laborales.